Las ayudas se pueden solicitar para constituir empresa ‘Innovactiva 6.000’ está orientada a sufragar los gastos para la puesta en marcha de proyectos empresariales. Plazo de solicitud del 13 de mayo al 12 de junio del 2017.

Las ayudas se pueden solicitar para constituir empresa ‘Innovactiva 6.000’ está orientada a sufragar los gastos para la puesta en marcha de proyectos empresariales. A esta línea de incentivos podrán optar jóvenes andaluces o residentes en Andalucía con formación académica universitaria o de ciclo formativo de grado medio o superior que presenten un proyecto avalado por un informe de viabilidad realizado por la Fundación Pública Andaluza ‘Andalucía Emprende’.

Las ayudas se pueden solicitar para constituir empresas con forma jurídica societaria o para constituirse como profesional o empresario autónomo. En el caso de solicitar para este segundo supuesto se deberá acreditar que el solicitante no ha estado dado de alta en el régimen especial de autónomos, durante el año inmediatamente anterior a la entrada en vigor de la convocatoria.

Serán subvencionables las actuaciones encaminadas a la constitución de las empresas y también aquellas actuaciones encaminadas a la puesta en funcionamiento de la nueva empresa tales como la adquisición de equipos informáticos, mobiliario e inmovilizado material e inmaterial, como: licencias de software, software, dominios web, maquinaria, leasing, propiedad industrial, obras de adaptación y mejora de infraestructura propia o elementos de transporte.

No podrán solicitar estas ayudas aquellas personas que hayan sido beneficiarias de las mismas convocatorias anteriores, aunque hubieran renunciado a ella una vez concedida.

¿Cuál es el plazo de solicitud?

Plazo de solicitud del 13 de mayo al 12 de junio del 2017.

¿Dónde lo solicito?

En cualquiera de los registros siguientes:

– En los registros de las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud, o en el Registro General del Instituto Andaluz de la Juventud.

– En los lugares y registros previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el art. 82.2 de la Ley 9/2007 de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

– En la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:

http://www.patiojoven.es/ventanillaelectronica
 
Más información
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2017/75/4
 
Estrella Rejano Zamora.
estrellaorienta@gmail.com
Agente de Empleo y Desarrollo Local
Ayuntamiento de La Victoria.