De conformidad con lo previsto en el apdo. 2º de la Resolución de la Alcaldía por lo que se aprueba la convocatoria de concesión directa de subvenciones nominativas a Asociaciones de fecha 04/10/2021, (GEX 4003/2021) y visto que algunas solicitudes contienen defectos a subsanar, se le requiere a los interesados a fin de que en el plazo de 10 días restablezcan las faltas, o acompañen los documentos pertinentes, marcados con una “X”, con indicaciones de que si no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución, según lo dispuesto en el art. 21 de la Ley 39/2015 de 1 Octubre del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Publicas.

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SUBSANACION SUBVENCIONES NOMINATIVAS