Destinadas a sufragar el coste de las obras y/o las actuaciones que sean necesarias llevar a cabo, para la adecuación o adaptación funcional de las viviendas de uso habitual y permanente. El plazo de solicitud es hasta el día 30 de octubre de 2018

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones destinadas a sufragar el coste de las obras y/o las actuaciones que sean necesarias llevar a cabo, para la adecuación o adaptación funcional de las viviendas de uso habitual y permanente, en las que tengan establecida su residencia las personas mayores, discapacitadas o en situación de dependencia y, que como consecuencia de alguna o varias de estas circunstancias, presenten una pérdida de su autonomía personal, que reduzcan sus posibilidades de movilidad. Asimismo, podrá incluirse en esta convocatoria, la adquisición y dotación de los medios materiales técnicos, funcionales o instrumentales que mejoren su capacidad o la de las personas cuidadoras para llevar a cabo las actuaciones básicas de la vida diaria en su domicilio habitual. 

Serán destinatarios de estas subvenciones las personas que residan en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Córdoba y en los que preste sus servicios el Instituto Provincial de Bienestar Social y se encuentren en alguna de estas situaciones: personas de 65 o más años que cuenten con una renta per cápita en su unidad familiar igual o menor 1,4 veces el IPREM (9.035,64 €), personas en situación de dependencia con grados II y III o personas que tengan reconocida una discapacidad que sea igual o superior al 65%, debiendo quedar suficientemente acreditados documentalmente dichos requisitos.

En cualquier caso, no podrán ser beneficiarios de alguna de las modalidades de esta subvención si en la convocatoria anterior resultaron beneficiarios de la misma modalidad que solicitan y aceptaron la subvención.

En caso de solicitar ambas modalidades de subvención, la cuantía máxima subvencionable sumando ambas no podrá superar los 2.000 € por unidad familiar.

Utilizaremos un criterio restringido de unidad familiar, definiéndola como la constituida por una o varias personas que convivan en un mismo domicilio y se encuentren relacionadas entre sí por:

  • Vínculo matrimonial o uniones de hecho.
  • Parentesco por consanguinidad, adopción o afinidad hasta segundo grado.
  • Se encuentren en situación derivada de acogimiento familiar permanente o preadoptivo.

El plazo de solicitud es hasta el día 30 de octubre de 2018.

Documentación Necesaria: http://www.ipbscordoba.es/el-instituto/solicitudes-y-formularios/unidad-tecnica-y-de-programas/adecuacion-funcional-de-hogares

 

Más información: Despacho de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de La Victoria (miércoles y jueves)