De acuerdo con la normativa vigente para las Elecciones Generales 2019 y en relación a la accesibilidad de las personas con discapacidad se debe conocer que:
1. Es condición básica el acceso de las personas con discapacidad a los locales y Mesas Electorales.
2. En los locales electorales debe haber un espacio accesible y adecuado que garantice la privacidad y el secreto de voto de los electores con discapacidad.
3. Transporte de electores. La Administración General del Estado proporcionará medios de transporte gratuitos adecuados para las personas con discapacidad motriz que podrán solicitarse:
-Por escrito preferiblemente (solicitud transporte electores)
-Durante el día de la votación a través del teléfono 948.979.000.
4. Las personas sordas o con discapacidad auditiva, usuarias de la lengua de signos que hayan sido designadas miembros de Mesa electoral, podrán solicitar a la Junta Electoral de Zona y en el plazo de 7 días desde el nombramiento:
Un servicio gratuito de interpretación de lengua de signos, a través del correspondiente intérprete, como apoyo complementario durante la jornada electoral.
Un servicio gratuito de bucle de inducción magnética para personas usuarias de prótesis auditivas.
Información completa (documentos adjuntos)